Es sabido que la regulación siempre llega tarde en materia de tecnologías disruptivas, como los son las criptomonedas. La falta de un marco normativo no impide la utilización de estas monedas digitales, pero en los últimos años hemos visto como los tribunales no lograban encausar correctamente las investigaciones penales donde habían involucradas criptomonedas.

Quienes seguimos de cerca la temática, hemos visto como la justicia, ante la realización de un allanamiento por otro asunto, se encontraba con rigs de minería, disponiéndose el secuestro de los mismos, como si la sola presencia de esos equipos informáticos en el lugar registrado implicara la comisión de un delito de acción pública. O también como los tribunales, ante la investigación de una denuncia de estafa cometida con el pretexto de realizar una inversión en criptomonedas, se limitaba a investigar si el sujeto denunciado tenía cuentas abiertas en alguna plataforma de compraventa de criptomonedas local, concluyendo que si la respuesta era positiva, no había elementos para avanzar en investigar una posible defraudación.

De esta manera, se evidenciaba que el desconocimiento por parte de los operadores judiciales en la temática, se traducía en una gran dilapidación de recursos humanos y económicos en hechos que no constituían delitos penales; así como también, en concluir investigaciones de manera prematura sin que las víctimas de los mismos encuentren en la justicia penal una respuesta adecuada.

En las últimas semanas han empezado a circular algunos documentos que dan cuenta que la justicia penal ha tomado nota de aquellas situaciones, notándose que existe la voluntad de corregirlas.

En esa dirección, el Ministerio Público Fiscal ha publicado la “Guía práctica para identificación, trazabilidad e incautación de criptoactivos – Consideraciones teórico-prácticas sobre activos virtuales basados en la tecnología de bloques y su investigación penal”, documento elaborado por la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) con la colaboración de otras dependencias especializadas de la Procuración General de la Nación.

El documento, cuya publicación ha sido celebrada por los operadores del sistema judicial argentino, apunta a aportar claridad y brindar mayores recursos y herramientas para la persecución penal.

Casi en simultáneo, se ha dado a conocer un documento de la Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Ciberdelitos de San Isidro (UFEIC), de la justicia de la Provincia de Buenos Aires, donde se revela de manera detallada la labor técnica realizada en un investigación penal donde se investiga a una banda que cometía estafas virtuales y con el producido de esos delitos se adquirían criptomonedas, ocultándose el origen ilícito de las mismas.

Dicho informe técnico logró determinar, a través de la utilización de distintas herramientas de trazabilidad, la ruta del dinero sustraído, la posterior adquisición de criptomonedas y la transferencia de las mismas a las cuentas de los autores, pese a diferentes maniobras realizadas para anonimizar la procedencia de las mismas.

Si bien falta mucho en materia de regulación de criptomonedas en nuestro país, lo cierto es que la justicia penal está dando muestras de una reacción necesaria en la investigación de delitos penales que, de una u otra manera, involucran a criptomonedas.


Si te interesa el tema, te recomiendo leer el libro “Aspectos legales blockchain, criptoactivos, smart contracts y nuevas tecnologías” escrito por Fernando Omar Branciforte, publicado por Ediciones DyD en el año 2021.