Iniciado el proceso penal comienza la etapa de recolección de pruebas, la que puede incluir, entre muchas otras medidas, recibirle declaración a los testigos, pedir informes a distintas entidades públicas o privadas, incorporar imágenes de cámaras de seguridad o solicitar el secuestro de documentación mediante allanamientos.
Completado este proceso, que según lo complejo de la investigación puede demorarse varios meses y hasta llegar a prolongarse algunos años, las autoridades judiciales evaluarán si existe mérito suficiente para convocar a las personas denunciadas para recibirle declaración indagatoria.
Este es un acto en el cual la persona acusada -junto a su abogado defensor- se presentan ante el juez y éste le hace saber formalmente el hecho ilícito que se le imputa.
Este acto cuenta de cuatro momentos:
- Interrogatorio para conocer los datos filiatorios del imputado.
- Imputación del hecho presuntamente ilícito.
- Hacer saber las pruebas que sustentan la acusación.
- Oportunidad del citado de aportar su versión de los hechos (también puede negarse a declarar).
Jurídicamente hablando la declaración indagatoria es el primer acto de defensa del imputado, lo que suena realmente elegante; pero en la práctica la indagatoria posee una pizca de “autoritarismo” que desvirtúa totalmente ese enfoque formal.
Es una de las claves del proceso penal llegar muy bien preparado a esta instancia, ya que a partir de allí se abre una etapa de definiciones y lo que se diga o lo que se calle será realmente relevante.
Así las cosas, tras la indagatoria el juez queda habilitado para resolver la situación procesal de la persona indagada, para lo cual tiene tres opciones: dictar el sobreseimiento, decretar la falta de mérito o disponer el auto de procesamiento.
Por otro lado, este acto procesal también reviste singular importancia ya que el hecho ilícito que se impute en ese momento deberá ser el mismo por el cual se desarrolle el resto del proceso penal. Por este motivo, cuando el juez o el fiscal detectan algún tipo de error involuntario en la descripción del evento, deberán arbitrar las medidas necesarias para corregirlo.
En ocasiones estos errores no suelen advertirse hasta que la causa avanzó hasta el juicio oral, por lo que el abogado defensor deberá ser lo suficientemente hábil para poder plantear la cuestión en el momento oportuno para así poder capitalizar esa desatención judicial en favor de la persona acusada, buscando así la absolución del cliente.
La importancia de esta declaración resulta determinante en el futuro del juicio penal, por lo que se desde la óptica de la defensa técnica se recomienda que sea el momento límite en el cual se requieran los servicios de un abogado penalista que plantee la estrategia de defensa que se deberá seguir, ya que hacerlo más avanzado el proceso puede resultar tardío y consecuentemente estéril a los fines de buscar una desvinculación del proceso.