El procedimiento penal establece de manera muy concreta cuales son los requisitos legales para ordenar una medida de prueba, sobre todo aquellas diligencias judiciales que excepcionan las garantías y derechos constitucionales que poseemos los ciudadanos.
Por ejemplo, si se ordena un allanamiento, se excepciona la garantía constitucional que protege el derecho a la propiedad y a la intimidad. Si se dispone una intervención telefónica, se excepciona el derecho a la intimidad y la garantía de la inviolabilidad de las comunicaciones.
Por ello los jueces deben extremar el cumplimiento de todos los recaudos exigidos por la ley y fundar de manera expresa los motivos por los cuales se decide violentar la garantía constitucional que nos protege y ampara.
Cuando los jueces -o cualquier otra autoridad- afectan injustificadamente los derechos y garantías constitucionales de las personas imputadas en un proceso penal se incurre en una nulidad, que puede ser sancionada con la anulación de esa medida de prueba como así también de todos los actos posteriores que se derivaron de manera directa de la actuación nulificada.
Un ejemplo de esto puede ser que si un juez ordenó una intervención telefónica y por el contenido de las escuchas luego derivó en un allanamiento, si mas avanzado el proceso penal se determina que aquella primigenia interceptación telefónica es nula, el allanamiento también deberá ser nulificado.
Otro caso puede ser una pericia informática de una computadora que se secuestró en un allanamiento que más tarde se anuló, las conclusiones que arroje aquél informe pericial también devendrá nulo.
Esto se conoce jurídicamente como la “doctrina del fruto del árbol envenenado” e impondrá la exclusión de todos aquellos elementos de prueba que se encuentren contaminados.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, nuestro máximo tribunal nacional, se ha pronunciado a favor de esta doctrina jurídica que protege las garantías y derechos consagrados en la Constitución Nacional, por lo cual su aplicación es obligatoria para todos los juzgados del país.
El respeto por las garantías constitucionales es la base de todo el ordenamiento penal, por lo cual el planteo judicial que pretenda la anulación puede hacerse en cualquier etapa, sin importar cuán avanzado se encuentre el proceso.
Lógicamente que los juzgados maximizan sus esfuerzos para no incurrir en estas violaciones constitucionales, pero el sistema judicial es operado por personas que no están exentas de caer involuntariamente en estos errores.
Por ello se requiere de un abogado defensor con un alto perfil técnico que conozca con profundidad el proceso penal para detectar los posibles yerros y capitalizarlos a favor de una efectiva defensa técnica.